Reunirse con sus familiares de forma legal en España. Convivir con la familia directa. Esta es la esencia de la reagrupación familiar. La frase “me quiero traer a mis hijos o mis padres a España” hace referencia, en términos generales, a la solicitud del permiso de residencia por reagrupación familiar.
En la web oficial del Ministerio de Empleo se recoge la reagrupación familiar como “una autorización de residencia temporal que se podrá otorgar a los familiares de los extranjeros residentes en España, en razón del derecho a la reagrupación familiar”.
Ahora que ya sabes qué es la reagrupación familiar, vamos a explicarte quién puede pedir este permiso de residencia, cuándo y qué requisitos hay que cumplir.
El reagrupante es el miembro de la familia que tiene vivienda legal en España y que cumpliendo con ciertos requisitos podrá reagrupar a sus familiares, denominados reagrupados.
El permiso de residencia por reagrupación familiar ha de ser solicitado por el reagrupante. Para ello, debe haber residido en España por un periodo mínimo de un año y tener un permiso para residir en este país durante, por lo menos, otro año más. Además de este requisito para la concesión de la reagrupación, el residente en España debe disponer de una vivienda adecuada y medios económicos suficientes.
El Ministerio de Empleo cifra esta cantidad en el ciento cincuenta por ciento del IPREM para unidades familiares de dos miembros. Esto es reagrupante y reagrupado. Por cada reagrupado más se exige contar con de un 50 por ciento más del IPREM, o sea, reagrupante y 2 reagrupados (cónyuge e hijo) deberá disponer de ingresos superiores al 200 por ciento del IPREM. En estos ingresos se computarán los aportados por familiares de línea directa que convivan con el reagrupante.
Para acreditar esos ingresos, si el reagrupante trabaja por cuenta extraña debe aportar la última declaración del IRPF y su contrato de trabajo, al tiempo que si es autónomo, aparte de su última declaración de la renta, debe aportar la acreditación de estar desarrollando una determinada actividad.
Además de los requisitos que te hemos contado, hay otros requerimientos para reagrupar legalmente a la familia en España. Son los siguientes:
Principalmente, los familiares que pueden ser reagrupados son:
El reagrupante debe acudir a la Oficina de Extranjería de la provincia y abonar, cuando se admita a trámite la solicitud, la tasa de residencia temporal por reagrupación familiar.
En un plazo de cuarenta y cinco días desde su solicitud, la Administración debe contestar. Si no lo hace, se entenderá desestimada por silencio administrativo. Si se admite la solicitud, en el plazo de un par de meses el reagrupado debe solicitar el visado. Este se puede pedir en el consulado de España donde radique el reagrupado. Para pedirlo, el reagrupado debe aportar:
El consulado debe contestar a la petición en el plazo de 2 meses. De entregar este documento, el reagrupado va a deber recogerlo en el plazo de un par de meses desde que le avisan su concesión. Si es menor, va a ser su representante legal quien recoja el visado.
Siguen los plazos cortos. Concedido el visado, el reagrupado tiene de plazo hasta que concluya su valía, no superior a tres meses, para llegar a España. Una vez en este país, va a deber solicitar la en el plazo de un mes. cita previa extranjería palma
La Tarjeta de Identidad de Extranjeros se obtiene en una Comisaría o en la Oficina de Extranjería. A fin de que sea facilitada, el reagrupado debe presentar:
Como has podido revisar, los trámites y requisitos son abundantes y los periodos de tiempo muy cortos. Por eso, para efectuar todos y cada uno de los trámites de reagrupación familiar de manera segura, consulta con un abogado experto.
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